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Cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda cumpla con los requisitos de habitabilidad y solidez fijados por Decreto, y que es apta para ser destinada a residencia de personas. Es obligatoria para alquilar o vender una vivienda.

La realización del certificado de habitabilidad está reservada para Arquitectos y Arquitectos Técnicos.

Es importante que este profesional lleve a cabo una inspección visual de la vivienda que permita cerciorarse de que esta cumple la normativa.

El documento que acredita la cédula de habitabilidad de una vivienda es emitido en última instancia por El Ayuntamiento pertinente, previa entrega del certificado por un técnico habilitado.

Desde que entregamos toda la documentación necesaria hasta que el Ayuntamiento no remita la cédula puede transcurrir hasta un mes. No obstante, desde el mismo momento de la entrega de la documentación nos pueden facilitar un justificante que demuestre que hemos hecho entrega del certificado.
Con este justificante se puede dar de alta de manera cautelar los suministros de luz, agua y gas a la espera de recibir la cédula de habitabilidad.

Tipos de Cédula de Habitabilidad

  • De primera ocupación, en el caso de viviendas de nueva construcción.
  • De primera ocupación de rehabilitación, cuando se refiere a viviendas que han sufrido intervención o proceso de rehabilitación.
  • De segunda ocupación, en este caso se refiere a viviendas que ya existen.

En cuanto al tiempo de validez de una Cédula de Habitabilidad, en el caso de nueva construcción es de 25 años, y para Cédula de segunda ocupación o primera ocupación de rehabilitación es de 15 años.